Factura electrónica obligatoria: fechas definitivas (2027 y 2028) y qué cambia

La factura electrónica entre empresas y profesionales será obligatoria en España el 6 de octubre de 2027 para quienes facturaron más de 8 millones de euros el año anterior, y el 6 de octubre de 2028 para el resto, incluidos los autónomos. Las fechas quedaron fijadas con la Orden HAC/1028/2026, publicada en el BOE el 5 de octubre de 2026, que desarrolla el Real Decreto 238/2026.
Es una obligación distinta de Verifactu, que llega antes (2027) y afecta al software de facturación. Aquí tienes las dos explicadas, a quién afectan, qué requisitos técnicos hay y qué conviene hacer ya. Para tu caso concreto, confirma siempre con tu asesor fiscal.
Calendario: las fechas que importan
Conviven dos obligaciones con calendarios diferentes, y es fácil mezclarlas. Esta tabla resume las fechas según la normativa publicada a octubre de 2026:
| Obligación | Quién | Desde |
|---|---|---|
| Verifactu (software de facturación) | Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades | 1 de enero de 2027 |
| Verifactu (software de facturación) | Resto, incluidos autónomos | 1 de julio de 2027 |
| Factura electrónica B2B | Empresas con más de 8 M€ de volumen de operaciones | 6 de octubre de 2027 |
| Factura electrónica B2B | Resto de empresas y profesionales | 6 de octubre de 2028 |
¿A quién afecta la factura electrónica obligatoria?
A todas las empresas y profesionales establecidos en España en sus operaciones con otras empresas y profesionales (B2B). Las facturas a consumidores finales no entran en esta obligación. El calendario depende del volumen de operaciones del año anterior: más de 8 millones, primero; el resto, un año después. Los autónomos que facturan a empresas están incluidos en el segundo grupo.
La norma de fondo es la Ley 18/2022, conocida como Ley Crea y Crece. El Real Decreto 238/2026, en vigor desde el 20 de abril de 2026, desarrolló cómo debe funcionar el sistema, y la Orden HAC/1028/2026 reguló la solución pública de la Agencia Tributaria y activó el cómputo de los plazos.

¿Qué cambia exactamente?
Cambian dos cosas. La primera, el formato: una factura en PDF enviada por correo no es una factura electrónica a estos efectos. Hay que emitirla en un formato estructurado que un programa pueda leer sin intervención (los formatos reconocidos incluyen Facturae, UBL, CII y EDIFACT) y enviarla por una plataforma privada o por la solución pública de la Agencia Tributaria.
La segunda, el seguimiento: cada factura tendrá un ciclo de vida con estados que hay que comunicar electrónicamente, como la aceptación o el rechazo y el pago. El objetivo es combatir la morosidad, porque la Administración podrá conocer cuándo se paga cada factura.
- Formato estructurado, no PDF.
- Envío por plataforma privada o por la solución pública de la AEAT.
- Comunicación de estados: aceptada, rechazada, pagada.
- Obligación solo entre empresas y profesionales (B2B).
Requisitos técnicos para cumplir
En la práctica, necesitas un programa de facturación capaz de generar facturas en formato estructurado, enviarlas por una plataforma admitida, recibir las de tus proveedores en ese mismo formato y comunicar los estados de pago. La mayoría de programas de facturación del mercado español (Holded, Odoo con su localización, Sage, a3 y otros) están adaptándose; lo prudente es preguntar a tu proveedor por escrito cómo y cuándo lo cumplirá.
Si emites pocas facturas, la solución pública gratuita de la Agencia Tributaria puede bastarte. Si emites o recibes muchas, te interesa que el sistema esté integrado con tu contabilidad para no duplicar trabajo.

Verifactu: qué es y en qué se diferencia
Verifactu es otra obligación, regulada por el Real Decreto 1007/2023 y con fechas posteriores modificadas: exige que el software de facturación genere un registro de cada factura que no se pueda alterar y que, si se elige esa modalidad, se envíe a la Agencia Tributaria en el momento. Afecta a quien usa un programa para facturar, aunque sus clientes sean consumidores. Las empresas que ya están en el Suministro Inmediato de Información (SII) quedan fuera.
Resumiendo: Verifactu controla cómo se generan las facturas en tu programa (desde 2027); la factura electrónica B2B controla cómo se intercambian y se pagan entre empresas (desde octubre de 2027 o 2028). Un buen programa de facturación debería cubrir las dos.
| Verifactu | Factura electrónica B2B | |
|---|---|---|
| Qué regula | El software que genera las facturas | El intercambio y el pago entre empresas |
| A quién afecta | Quien factura con programa (B2B y B2C) | Operaciones entre empresas y profesionales |
| Desde | 1/1/2027 o 1/7/2027 | 6/10/2027 o 6/10/2028 |
Por qué la automatización encaja aquí
La factura electrónica estructurada es, sobre todo, una oportunidad de dejar de teclear. Cuando todas las facturas de tus proveedores lleguen en un formato que un programa lee sin ayuda, registrarlas en la contabilidad podrá ser automático. Hasta que llegue la obligación, sigue habiendo PDFs y papel, y ahí la lectura con OCR e IA hace el mismo trabajo: extrae los datos, comprueba importes y duplicados y los registra.
Una gestoría de Sevilla con 80 clientes redujo así un 90% su tiempo de entrada de datos (ver el caso). Lo explicamos en automatizar facturas con IA.

Cómo preparar tu software de facturación
Haz tres preguntas a tu proveedor de software y pide la respuesta por escrito: si cumple ya Verifactu o en qué fecha lo hará, si podrá emitir y recibir factura electrónica estructurada y comunicar estados de pago antes de tu fecha de obligación, y si se integra con la plataforma pública o con plataformas privadas. Si alguna respuesta es vaga, empieza a mirar alternativas este año, no en el último trimestre.
Si todavía facturas con Word, Excel o un programa antiguo, 2027 es el momento de cambiar. Tienes las opciones comparadas en los mejores ERP para pymes y en Holded vs Odoo.
Beneficios más allá de cumplir
Bien aprovechada, esta obligación ahorra dinero. Las facturas que llegan en formato estructurado se registran solas, sin teclear ni errores. Los estados de pago visibles ayudan a cobrar antes, porque el cliente que no paga queda registrado. Y tener la facturación digitalizada de punta a punta facilita automatizar lo siguiente: conciliación bancaria, informes de tesorería o recordatorios de cobro.

Qué hacer hoy para no tener problemas
No esperes a la última fecha. Con lo que ya se sabe, estos pasos te dejan preparado con tiempo:
- Confirma con tu asesor qué fecha te aplica (Verifactu y B2B).
- Pregunta por escrito a tu proveedor de software cómo y cuándo cumplirá.
- Si facturas con Word o Excel, elige programa en los próximos meses.
- Ordena tus maestros: datos fiscales de clientes y proveedores correctos.
- Automatiza ya la entrada de facturas de proveedor, aunque lleguen en PDF.
Un ejemplo: una pyme de 15 personas
Pensemos en una distribuidora de 15 personas que factura 3 millones al año, emite unas 400 facturas al mes y recibe otras 250 de proveedores. Para Verifactu, al ser una sociedad, su programa de facturación debe cumplir desde el 1 de enero de 2027. Para la factura electrónica B2B, al estar por debajo de 8 millones, le toca el 6 de octubre de 2028: desde esa fecha, todas sus facturas a clientes empresa deberán emitirse en formato estructurado y comunicar su estado de pago.
Lo sensato para ella es elegir en 2026 un programa que cumpla ambas obligaciones, migrar con calma antes de 2027 y aprovechar el cambio para automatizar la entrada de las 250 facturas de proveedor, que hoy alguien teclea. Cuando llegue octubre de 2028, el cambio será un trámite. Es un ejemplo ilustrativo, pero el razonamiento sirve para cualquier pyme.
Dónde podemos ayudarte
Nosotros no hacemos asesoría fiscal, eso es de tu gestoría. Lo que sí hacemos es preparar el circuito para que cumplir no te cueste horas: elegir e implantar el programa de facturación adecuado y automatizar la entrada y el registro de facturas. Tienes la automatización de facturas, desde 1.550 €, y la implementación de ERP y CRM, desde 3.850 €, ambas con precio cerrado.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo es obligatoria la factura electrónica en España?
Entre empresas y profesionales, el 6 de octubre de 2027 para quienes facturaron más de 8 millones de euros el año anterior y el 6 de octubre de 2028 para el resto, según la Orden HAC/1028/2026.
¿Una factura en PDF por email es factura electrónica?
No a efectos de esta obligación. Debe emitirse en un formato estructurado (como Facturae o UBL) y enviarse por una plataforma admitida.
¿Afecta a los autónomos?
Sí, en sus facturas a empresas y profesionales, dentro del grupo de 2028. Además, si facturan con programa, deben cumplir Verifactu desde el 1 de julio de 2027.
¿Qué diferencia hay con Verifactu?
Verifactu regula el software que genera las facturas (desde 2027); la factura electrónica B2B regula cómo se intercambian y pagan entre empresas (desde octubre de 2027 o 2028).
¿Afecta a las facturas a particulares?
La obligación de factura electrónica B2B no. Verifactu sí afecta a cualquier factura emitida con programa, también a particulares.

Escrito por
Javier Bolinches Hernández
Consultor de IA y Automatización
Consultor de IA y automatización. En 2 años ha automatizado procesos para más de 15 empresas y despachos, con agentes de voz, WhatsApp y flujos n8n/Make que quitan horas de trabajo repetitivo cada semana.